El traductor e intérprete oficial

Un traductor e intérprete oficial tiene las siguientes funciones:

  • Traducir, desde el español hacia cualquier lengua extranjera oficial, documentos que fueron emitidos en Colombia para que surtan efectos legales en el exterior;
  • Traducir, desde cualquier lengua extranjera oficial hacia el español, documentos que fueron emitidos en el exterior para que surtan efectos legales en Colombia;
  • Servir de intérpretes en los procesos legales o administrativos en los que se requiera la traducción oral del español a una lengua extranjera o viceversa.

La figura de traductor e intérprete oficial fue creada mediante el Decreto 382 de 1951.

Todo traductor e intérprete oficial debe contar con una licencia que lo acredite como tal. Para obtener esta licencia, es necesario tomar y aprobar los exámenes de traducción e interpretación oficial de acuerdo con lo establecido en el artículo 33 de la Ley 962 de 2005.

 La Universidad Nacional de Colombia es una de las instituciones que aplica estos exámenes, función que asumió tras la fusión del entonces Instituto Electrónico de Idiomas del Ministerio de Educación Nacional a la Facultad de Ciencias Humanas en 1998, que dio origen al actual Departamento de Lenguas Extranjeras. La Coordinación de Exámenes de Traducción e Interpretación Oficial, adscrita a ese departamento, es la dependencia encargada de aplicar y evaluar los exámenes conducentes a la licencia de traductor e interpretación oficial en la actualidad.

Descripción del examen

El principal objetivo del examen es acreditar la idoneidad en la traducción e interpretación de textos oficiales de español a una lengua extranjera y viceversa, requisito indispensable para obtener el Certificado de Idoneidad en Traducción e Interpretación Oficial. El examen consiste en la traducción e interpretación consecutiva de textos oficiales del español a una lengua extranjera y viceversa.

El examen consta de cuatro pruebas; la aplicación del examen está programada de la siguiente manera:

  • Dos pruebas escritas: una del español a cualquier lengua extranjera y otra de cualquier lengua extranjera al español (una hora por prueba, para un total de dos horas)
  • Dos pruebas orales: una del español a cualquier lengua extranjera y otra de cualquier lengua extranjera al español (aproximadamente veinte minutos por candidato. Se asignan turnos para la presentación de las pruebas orales)

 

Pruebas escritas:

Para la presentación de las pruebas escritas, cada candidato trabajará en un computador en el cual registrará sus respuestas. Cada prueba comprende un texto corto completo de carácter oficial (jurídico, político, diplomático o comercial); la parte por traducir es un segmento de aproximadamente doscientas palabras que se encuentra delimitado. Está permitido el uso de diccionarios, glosarios o cualquier otra ayuda siempre y cuando estos se encuentren en formato físico y la Coordinación autoriza la consulta en determinadas fuentes en línea que indicará horas antes de la aplicación; cualquier otra herramienta virtual, electrónica o digital no autorizada por la Coordinación está prohibida.

 

Pruebas orales:

Las pruebas orales consisten en la interpretación consecutiva de dos textos orales, uno en lengua extranjera para interpretar hacia el español frase por frase, y uno en español para interpretar hacia la lengua extranjera frase por frase. Se trata de fragmentos de diálogos, entrevistas, interrogatorios, sentencia u otro tipo de discursos de carácter oficial de aproximadamente doscientas palabras, que los jurados enunciarán para que el candidato realice la interpretación consecutiva (traducción oral consecutiva, segmento por segmento). El candidato podrá ver el texto antes de la prueba durante un minuto para tener una idea general del contexto, pero no se trata de traducción a la vista ni de dictado. Podrá tomar nota de cifras y de nombres propios y pedir hasta tres repeticiones en cada prueba si así lo requiere.

 

Jurados:

El examen es evaluado por dos expertos, designados jurados evaluadores:

  • El jurado A es hablante nativo del español con alta competencia comunicativa en la lengua extranjera y, generalmente, traductor e intérprete oficial. 
  • El jurado B es hablante nativo de la lengua extranjera con alta competencia comunicativa en español, generalmente, traductor e intérprete oficial.

Conceptos fundamentales y criterios de evaluación

 CONCEPTOS FUNDAMENTALES

Para el examen de traducción e interpretación oficial realizado por la Universidad Nacional de Colombia, los supuestos conceptuales establecidos por la Facultad de Ciencias Humanas a través de la Coordinación de Exámenes de Traducción e Interpretación Oficial del Departamento de Lenguas Extranjeras son los siguientes:

 

Precisión:

La precisión en la traducción escrita u oral se refiere a la equivalencia de significado y de sentido del texto original. Se entiende por sentido el sistema de conceptos coherentes con un propósito comunicativo en el nivel de palabra, oración, enunciado y texto o discurso. Se consideran errores de precisión aquellos en los que se ha alterado o no se conserva el sentido del texto original.


Naturalidad:

La naturalidad del texto traducido se entiende como el uso de estructuras gramaticales y de variantes lingüísticas que sean de uso considerado correcto por los hablantes y escribientes de esa lengua. Un texto escrito o un discurso oral se consideran de alto nivel de naturalidad, si para producirlo

  • Se usan las estructuras gramaticales idiomáticas que usan los hablantes nativos
  • Para traducir los términos no especializados se utiliza el vocabulario de la variedad estándar.
  • Para traducir los términos especializados se emplean los equivalentes del campo de acción específico.

 

 Variedad lingüística estándar:

La variedad estándar de una lengua es aquella que usan y comprenden los hablantes educados en todos los países o territorios donde esta es lengua oficial, teniendo en cuenta que:

  • Se presentan variaciones lingüísticas geolectales (de carácter geográfico), sociolectales (de carácter social), diacrónicas (de carácter cronológico) y subculturales (localismos).
  • Se presentan variaciones que dependen de la situación particular de comunicación.

Existen númerosas variantes en el uso de una lengua, la variedad estándar de una lengua es aquella que usan y comprenden los hablantes educados en todos los países o territorios donde ésta es lengua oficial. Como el ámbito de la traducción oficial requiere el manejo de un registro formal, no se aceptarán variedades de carácter coloquial.

Se consideran errores de naturalidad el uso de variantes nacionales, regionales, sociales, cronológicas o culturales distintas de la estándar.

 

CRITERIOS DE EVALUACIÓN:

Precisión (80 %): se refiere a la habilidad de conservar la fidelidad en la traducción con relación al sentido del texto original.

Naturalidad (20 %): se refiere a la expresión correcta o adecuada de las ideas. Para este aspecto se tienen en cuenta:

  • La ortografía y la gramática,
  • El uso de la lengua apropiado según la variedad estándar y el registro del texto traducido,
  • El uso de términos especializados.

 

 CÁLCULO DEL RESULTADO:

Para calificar los exámenes y calcular el resultado, se tienen en cuenta los siguientes principios:

  • Cada prueba tiene un máximo de diez (10) puntos para el criterio de precisión y un máximo de 2.5 puntos para el criterio de naturalidad. Es decir, las cuatro pruebas en conjunto suman cuarenta (40) puntos del criterio de precisión y diez (10) puntos del criterio de naturalidad, para un total de cincuenta (50) puntos.
  • Por cada error de precisión se deducen 0.4 puntos, y por cada error de naturalidad 0.1 puntos. La nota final para precisión en cada prueba es el promedio de las notas del jurado A y el jurado B; la nota para precisión de un jurado no puede ser superior a dos puntos de la nota del otro jurado.
  • La calificación mínima de naturalidad en cada prueba es de 0.5 puntos, considerando que todo texto o discurso tiene un mínimo de naturalidad.
  • Si en la traducción faltan partes del texto o del diálogo, queda a criterio de los jurados decidir el número de puntos que se deducen.
  • El puntaje aprobatorio mínimo es de cuarenta y cinco (45) puntos (cinco [5] puntos menos corresponden a 12.5 errores de precisión en las cuatro pruebas, cincuenta [50] errores de naturalidad sumados en las cuatro pruebas o una combinación de los números de errores de precisión y de naturalidad que sumen cinco puntos en total).

 

La formación académica, experiencia profesional del candidato o certificaciones similares emitidas por otros países NO constituyen criterios de evaluación ni serán conducentes para expedir el Certificado de Idoneidad en Traducción e Interpretación Oficial.